El convenio celebrado por ambas partes, se regirá por las siguientes pautas:
a).- Se otorgará por única vez una suma extraordinaria no remunerativa ni bonificable, en carácter de ayuda social de $300 (Trescientos Pesos), en la siguiente modalidad: $100 (Cien Pesos) en el transcurso del mes de Abril de 2.010 otros $100 (Cien Pesos) en Mayo del cte. Año y los restantes $100 (Cien Pesos) en Junio.
b).- Se establece un
Incremento Salarial de $300 (Trescientos Pesos), en la siguiente modalidad: $100 (Cien Pesos) con los haberes del mes de Julio de 2.010 $100 (Cien Pesos) con los haberes de Agosto y $100 (Cien Pesos) con los haberes correspondientes al mes de Septiembre.
Una copia del acuerdo arribado, fue remitida al
Ministerio de Trabajo para su homologación.
Si bien en algunas localidades salteñas, los municipales exigían un aumento del 18% este incremento de $300 en la comuna anteña, representa un 30% para quienes perciban $1.000 (Mil Pesos), que es aproximadamente lo que recibe de sueldo un empleado de la Categoría 5, que es la más baja del escalafón en tanto que representa un 18% para los que cobran $1.800 (Mil Ochocientos), monto aproximado correspondiente a la Categoría 23.
Consultado sobre el particular, el Intendente
Gerardo Orellana manifestó: Pudimos llegar a este acuerdo gracias a la buena voluntad puesta de manifiesto por las partes, y al diálogo permanente que propiciamos desde el ejecutivo con los delegados gremiales. El incremento se estableció en base a un principio de equidad y solidaridad en la distribución de los ingresos, de manera que se vean más beneficiados quienes cobran menos, porque es una forma de poner en práctica la Justicia Social y de reconocer el aporte que realizan nuestros obreros y empleados municipales, que trabajan por la comunidad y que nos acompañan en las buenas y en las malas.
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